12/06/2013

Estado policía (y II)


   Lo más preocupante de la próxima Ley de Seguridad Ciudadana es que arrebatará a los tribunales el control sobre la legalidad de numerosas conductas, privando a los ciudadanos de las garantías propias de un procedimiento judicial para dejar a la arbitrariedad de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado la decisión en torno a cuándo un acto atenta contra la seguridad o el orden públicos. El Gobierno, retorciendo el lenguaje como suele, habla de despenalización de supuestos antes tipificados como faltas en el Código Penal; sin embargo, en realidad, lleva esos supuestos al terreno administrativo y les impone sanciones más graves que las ahora previstas, para que sea la Policía quien interprete y ejecute la ley como estime oportuno. Al ciudadano únicamente le queda el recurso a los tribunales una vez ha sido reprimido y multado, y para ello está obligado a abonar, además de los gastos de abogado y procurador, unas tasas que vienen determinadas por la cuantía del pleito, es decir, por el importe de la multa en cuestión. Esto no es despenalizar, sino administrativizar el Derecho Penal, sustrayéndolo a las garantías reforzadas que su aplicación exige, algo que recuerda demasiado a la Alemania del III Reich.

Publicado en La Opinión de Murcia, 5/12/2013.

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